REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO DEL CES

PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y PASANTÍAS

Artículo 88.- Prácticas pre profesionales.- Son actividades de aprendizaje orientadas a la aplicación de conocimientos y al desarrollo de destrezas y habilidades específicas que un estudiante debe adquirir para un adecuado desempeño en su futura profesión. Estas prácticas deberán ser de investigación-acción y se realizarán en el entorno institucional, empresarial o comunitario, público o privado, adecuado para el fortalecimiento del aprendizaje. Las prácticas pre profesionales o pasantías son parte fundamental del currículo conforme se regula en el presente Reglamento.

Cada carrera asignará, al menos, 400 horas para prácticas pre profesionales, que podrán ser distribuidas a lo largo de la carrera, dependiendo del nivel formativo, tipo de carrera y normativa existente.

El contenido, desarrollo y cumplimiento de las prácticas pre profesionales serán registrados en el portafolio académico del estudiante.

Artículo 89.- Pasantías.- Cuando las prácticas pre profesionales se realicen bajo la figura de pasantía, serán reguladas por la normativa aplicable a las pasantías, sin modificar el carácter y los efectos académicos de las mismas.

Para mayor información vista: http://practicas.espe.edu.ec/normativa/

La Carrera de Software presenta el siguiente proceso informativo para las prácticas pre profesionales (PP) de los estudiantes.

Informativo Practicas Preprofesionales Software

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